Guías
GASOLINERAS
Este catálogo tiene por objeto presentar el procedimiento necesario para la implantación y puesta en funcionamiento de instalaciones de distribución minorista de productos petrolíferos líquidos. Suministro a vehículos.
La actividad de distribución minorista comprenderá, al menos, una de las actividades siguientes:
- El suministro de combustibles y carburantes a vehículos en instalaciones habilitadas para ello.
- El suministro a instalaciones fijas para consumo en la propia instalación.
- El suministro de queroseno con destino a la aviación.
- El suministro de combustibles a embarcaciones.
- Cualquier otro suministro que tenga por finalidad el consumo de estos productos.
Este catálogo se centra en los proyectos que tengan por objeto el suministro de combustibles y carburantes a vehículos en instalaciones habilitadas para ello, tales como estaciones de servicio y unidades de suministro, que se rijan por el Decreto 45/2015, de 26 de marzo.
Está habilitado un procedimiento integrado por el cual las personas promotoras podrán, a través del órgano competente para la instrucción y resolución, acceder a la información sobre todos los trámites necesarios para la implantación de las instalaciones y el ejercicio de la actividad, así como a la realización de estos, incluyendo las declaraciones y solicitudes necesarias para obtener las autorizaciones y licencias precisas.
Real decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, del Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas de carburantes y combustibles petrolíferos.
Decreto 45/2015, de 26 de marzo, por el que se regula el procedimiento integrado para la implantación de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos, su puesta en funcionamiento y se determinan los órganos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de hidrocarburos.