en plazoAbierto todo el año  

IG302A - Avales del Igape.

Solicitud presencial

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA/SUBVENCIÓN?

Concesión de avales por el Instituto Gallego de Promoción Económica.

Los avales se ajustarán a los siguientes límites cuantitativos:

a) Non excederán del 5 por 100 de la cuantía global establecida en la ley de presupuestos de cada año para los avales del Igape.

b) Garantizarán la totalidad del principal de los créditos y demás líneas u operaciones financieras destinadas a la reconversión y reestructuración de empresas y hasta el 70% de los destinados a su creación o ampliación.

c) Las operaciones a que se refiere el artículo 2.4 podrán ser garantizadas en su totalidad.

La duración de los avales no excederá de los siguientes plazos: 5 años para los casos de reconversión y reestructuración de empresas y los previstos en el artículo 2.4; y 7 años para los supuestos de creación o ampliación de empresas.

Los límites podrán ser superados si así se establece por acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia por propuesta del consejero de Economía y Hacienda.

Consellería
Órgano responsable
Subdirección de Investimento e Startups
A dónde acudir

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Instituto Galego de Promoción Económica - Igape

Área de competitividade

Subdirección de Investimento e Startups

Complexo Admtvo. San Lázaro, s/n

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 900815151

Fax: 981541115

Código de procedimiento
IG302A

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

-Pequeñas y medianas empresas con domicilio en la Comunidad Autónoma de Galicia que destinen los créditos que se avalan a su creación, ampliación, reconversión y reestructuración.

-PYMES no domiciliadas en Galicia que destinen íntegramente las operaciones obxeto de aval a las unidades productivas situadas en Galicia.

-Empresas que, sin tener la condición de PYME, pertenezcan a un sector considerado prioritario o sean objeto de un plan de viabilidad según acuerdo de la Comision Delegada para Asuntos Económicos.

-Empresas que, por las operaciones o actividades, resulten de especial interés socio-económico para Galicia según acuerdo de la Comision Delegada para Asuntos Económicos.

¿QUÉ PLAZO HAY PARA HACERLO?

Plazo de presentación

Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Información proporcionada por la Guía de Procedimientos y Servicios de la Xunta de Galicia

Solicitud presencial