IG408M - Ayudas IA360 orientadas a potenciar la innovación empresarial a través del desarrollo experimental y la aplicación de la inteligencia artificial en el tejido industrial gallego y su cadena de valor, vinculado a los sectores estratégicos o de especial relevancia para la Xunta de Galicia.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA/SUBVENCIÓN?
Concesión de ayudas destinadas a PYMES y grandes empresas gallegas o con un centro de trabajo permanente y legalmente constituido en Galicia, en el que se desarrollen las actividades del proyecto, con el objetivo de fomentar el desarrollo experimental y la capacidad innovadora de las PYMES, mediante el uso de la inteligencia artificial y su implantación en el tejido productivo o industrial y en sus cadenas de valor.
IA360 financiará actividades integradas en proyectos de desarrollo para pymes y grandes empresas e innovación en favor de las pymes, según su finalidad, mediante las siguientes líneas de actuación:
1. Línea A. Desarrollo de productos o servicios basados en la IA para la mejora de procesos industriales y la comercialización de nuevos productos con foco en los sectores incentivables, de cara a optimizar la productividad y la competitividad empresarial.
2. Línea B. Adquisición e implantación de soluciones basadas en la inteligencia artificial para la mejora de la productividad empresarial.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
San Lázaro. Complexo Administrativo
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 900 815 151
Email: informa@igape.es
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
1. Para las líneas A y B, podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las pymes gallegas o con un centro de trabajo permanente y legalmente constituido en Galicia, en el que se deberán desarrollar las actividades del proyecto. En el caso de la línea A, también podrán ser beneficiarias las grandes empresas gallegas o con un centro de trabajo permanente y legalmente constituido en Galicia, en el que se deberán desarrollar las actividades del proyecto.
2. Las empresas beneficiarias deberán de ejercer su actividad en el tejido industrial gallego y su cadena de valor y vinculados a los sectores estratégicos y de especial interés definidos por la Xunta de Galicia, así como aquellos sectores emergentes de especial relevancia o vinculados a los planes directores de la Xunta de Galicia.
3. A efectos de las presentes bases, se considerarán pymes las empresas que, a la fecha de la solicitud, respondan a la definición de pyme establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
4. Las personas beneficiarias de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para tramitar y ejecutar la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en la resolución de concesión correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la presente resolución.
¿QUÉ PLAZO HAY PARA HACERLO?
ABIERTO
17/01/2026 09:00 - 17/03/2026 14:00
El plazo de presentación de las solicitudes de la ayuda comenzará a computar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y será de dos meses, contado desde las 9.00 horas del día de inicio del plazo y hasta las 14.00 horas del día en que se cumpla el citado plazo de dos meses.
Información proporcionada por la Guía de Procedimientos y Servicios de la Xunta de Galicia