Convocatoria 2025en plazoEn plazo:  07/02/2025 - 07/03/2025
Consellería de Economía e Industria

IG410A - Ayudas a las agrupaciones empresariales (clústeres) innovadoras en la Comunidad Autónoma de Galicia

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA/SUBVENCIÓN?

Apoyar proyectos compuestos por planes de actuación que den mejor sustento a la competitividad sostenible, a la innovación y la cooperación empresarial en distintos ámbitos de la actividad en Galicia mediante la concesión de ayudas a las entidades jurídicas gestoras de agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras gallegas para la realización de actividades en esos campos.

Consellería
Consellería de Economía e Industria
Órgano responsable
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
A dónde acudir

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Instituto Galego de Promoción Económica – Igape

Complexo Administrativo San Lázaro, s/n

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 900815151

Fax: 981558844

Email: informa@igape.es

Código de procedimiento
IG410A

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

Las ayudas contempladas en estas bases se destinan a las agrupaciones empresariales (clústeres) innovadoras, que se conciben como combinación en el espacio geográfico gallego de empresas y centros tecnológicos, de investigación o formación, públicos o privados involucrados en un proceso colaborativo destinado a obtener beneficios derivados de la cooperación y cuya actividad se organiza en torno a una cadena de valor o sector tecnológico o a un mercado o segmento de objetivo, que cumpla alguna de las siguientes condiciones:

a) Entidades que tengan su domicilio social en Galicia y tengan en vigor a la fecha de la solicitud el reconocimiento como AEI (agrupación empresarial innovadora) dentro del Programa de excelencia del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o bien que posean la etiqueta Gold de excelencia en la gestión de clústeres expedida por la ESCA (European Secretariat for Cluster Analysis).

b) Entidades clúster que fueran beneficiarias en la última convocatoria de 2022 de las ayudas del Igape a las agrupaciones empresariales (clústeres) innovadoras en la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento IG410A) o beneficiarias en la última convocatoria de 2022 de las ayudas del Igape a las agrupaciones empresariales innovadoras emergentes (clústeres emergentes) en la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento IG410A).

c) Entidades que sin cumplir ninguna de las anteriores condiciones, reúnan los siguientes requisitos:

i. Que tengan creada una entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que gestione la agrupación clúster.

ii. Que representen un ámbito de actividad o una cadena de valor cuya facturación conjunta en Galicia supere el valor del 1 % del PIB de la Comunidad Autónoma en el año 2023, que se calculará a partir de la suma agregada de la facturación de los CNAE que definan el ámbito de actividad o cadena de valor en Galicia.

iii. Que colaboren y desarrollen proyectos en cooperación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

iv. Que al menos el 60 % de sus asociados directos sean empresas y, de estas, que el 50 % o más dispongan de un centro de trabajo en Galicia.

v. Que tengan como socios directos un número de empresas que cumpla al menos con dos de los tres siguientes requisitos, que serán acreditados con información de fuentes ampliamente reconocidas de información financiera y empresarial:

1º. 30 % de la facturación del ámbito de actividad englobado.

2º. 10 % de las empresas del ámbito de actividad.

3º. 20 % del empleo del ámbito de actividad.

vi. Capacidad tecnológica y de innovación. El clúster deberá contar con centros tecnológicos asociados o puestos a su disposición mediante colaboración con otras entidades. En este último caso, solo se considerarán válidos a estos efectos los acuerdos de colaboración con contenidos específicos respecto a la innovación y la tecnología, rechazándose los acuerdos con contenidos de carácter general, de gestión o administrativos, aunque estén firmados con centros o instituciones tecnológicas.

vii. Proyección internacional. El ámbito de actividad del clúster deberá tener vocación y proyección hacia mercados internacionales por su propia naturaleza y no representar exclusivamente un negocio de proximidad o local.

viii. Capacidad de ejecución de proyectos implicando a sus asociados. El clúster deberá acreditar esta capacidad mediante memoria de actividades realizadas en los últimos 2 años, enumerando y describiendo brevemente los proyectos desarrollados junto con sus asociados o promoviendo su participación, tuvieran o no financiación pública. Se considerará que tiene esta capacidad si acredita la ejecución de por lo menos dos proyectos por año.

¿QUÉ PLAZO HAY PARA HACERLO?