IG510I - Bases reguladoras del IGAPE para producciones audiovisuales
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA/SUBVENCIÓN?
Creación de una línea de financiación subsidiada para producciones audiovisuales participadas por productoras gallegas, entendiendo como tales producciones los largometrajes, películas para la televisión, documentales, animación, mini-series de ficción, programas piloto y producciones de contenidos interactivos.
La ayuda del Igape para el beneficiario consistirá en una subvención al tipo de interés del 4% del principal del préstamo dispuesto. El importe resultante de la ayuda se destinará a la amortización anticipada del principal del préstamo.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
Complexo Administrativo San Lázaro, s/n
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 900815151
Fax: 981558844
Email: informa@igape.es
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
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Igape - Oficina da Coruña
Edif. Adm. Xunta de Galicia. Praza de Luis Seoane, s/n, 2ª planta
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981182239
Fax: 981182240
Email: coruña@igape.es
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
Xerencia - Igape
Igape - Oficina de Ferrol
Edif. Adm. Xunta de Galicia. Praza Camilo José Cela s/n, 4ª planta
15403 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981337101
Fax: 981337106
Email: ferrol@igape.es
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
Xerencia - Igape
Igape - Oficina de Lugo
Edif. Adm. Xunta de Galicia. Ronda da Muralla, 70, baixo
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294032
Fax: 982294801
Email: lugo@gape.es
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Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
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Edif. Adm. Xunta de Galicia. Avda. da Habana, 79 - 5ª planta
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988687289
Fax: 988687290
Email: ourense@gape.es
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Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica - Igape
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Igape- Oficina de Pontevedra
Edif. Adm. Xunta de Galicia. Fernández Ladreda, 43 - 5ª planta
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805305
Fax: 986805308
Email: pontevedra@igape.es
Xunta de Galicia
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Igape- Oficina de Vigo
Edif. Adm. Xunta de Galicia. Praza da Estrela 9,7ª planta
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817366
Fax: 986817361
Email: vigo@igape.es
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
Las pequeñas y medianas empresas según la definición establecida por la Comisión Europea. También podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que hagan falta los requisitos del artículo 8.3 de la de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En cualquier caso, deberán ejercer o tener intención de ejercer la actividad de producción audiovisual y que haya radicado el centro de su actividad económica en Galicia. A efectos de acreditar la actividad desarrollada podrá considerarse el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, Declaración Censual, o certificación de pertenencia a alguna de las asociaciones empresariales del sector. A efectos de acreditar la participación en la producción audiovisual se considerarán los siguientes documentos: el contrato de coproducción y/o distribución, o la acreditación de poseer los pertinentes derechos de propiedad intelectual sobre el guión, y si es el caso, el de opción sobre la obra preexistente (contrato o documento de cesión al productor y Registro de la Propiedad Intelectual del guión).
Los solicitantes tendrán que cumplir los requisitos para obtener a condición de beneficiario establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.
No podrán ser beneficiarias de la línea de financiación contemplada en estas bases las empresas en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (del C 244 del 1/10/2004).
¿QUÉ PLAZO HAY PARA HACERLO?
CERRADO
10/12/2010 00:00 - 30/06/2011 23:59
Desde el 10 de diciembre de 2010 hasta el 30 de junio del año 2011.
Información proporcionada por la Guía de Procedimientos y Servicios de la Xunta de Galicia